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Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el retorno de inmigrantes irregulares

jueves, 28 de abril de 2011

En un comunicado de prensa emitido hoy jueves por el Tribunal de justicia de la Unión Europea se recoge la sentencia dictada en el asunto  relativo a Jassen El Dridi. El Sr. El Dridi, nacional de un tercer país, entró ilegalmente en Italia. Se dictó contra él un decreto de expulsión en 2004, en aplicación del cual se emitió contra el mismo en 2010 una orden de salida del territorio nacional en un plazo de cinco días. Esa última medida estaba motivada por la falta de documentos de identidad, la indisponibilidad de un medio de transporte y la imposibilidad de acogerle provisionalmente en un centro de internamiento debido a la falta de plazas. Por no haber dado cumplimiento a esa orden, el Sr. El Dridi fue condenado por el Tribunale di Trento (Italia) a la pena de un año de prisión. La Corte d’appello di Trento, ante la que se interpuso recurso, pregunta al Tribunal de Justicia si la Directiva sobre el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular («Directiva sobre el retorno») se opone a una normativa nacional que prevé la imposición de una pena de prisión a un extranjero en situación irregular, por el único motivo de que permanezca en el territorio nacional sin causa justificada, con infracción de una orden de salida de dicho territorio en un plazo determinado.

DECISSION DU COUR EUROPÉENNE SUR L’IMMIGRATION CLANDESTINE. Dans un communiqué de presse publié jeudi par la Cour de justice de l’Union européenne on parle sur la décision sur Jassen El Dridi. M. El Dridi, un ressortissant d’un pays tiers, est entré illégalement en Italie. Il a été émis contre lui un ordre d’expulsion en 2004, en vertu de laquelle il a été délivré contre lui en 2010 un ordre de quitter le pays dans les cinq jours. Cette dernière mesure a été motivée par un manque de documents d’identité, l’indisponibilité des moyens de transport et de l’incapacité d’être situé temporairement dans un centre de détention en raison du manque d’espace. Pour avoir omis de se conformer à cet ordre, M. El Dridi a été condamné par le Tribunale di Trento (Italie)à un an de prison. La Corte d’appello di Trento, à qui a été un pourvoi,  demande au Cour de justice de l’Union européenne si la directive sur le retour des ressortissants de pays tiers en situation irrégulière («Directive Retour» ) s’oppose à une législation nationale qui prévoit l’imposition d’une peine de prison d’un étranger en situation irrégulière, la seule raison de rester dans le pays sans motif, en violation d’un ordre de départ de son territoire dans un délai déterminé.

Tras efectuar el razonamiento correspondiente, el Tribunal establece que para subsanar el fracaso de las medidas coercitivas adoptadas para llevar a cabo la expulsión forzosa, los Estados miembros no pueden establecer una pena privativa de libertad, como la prevista por la normativa nacional controvertida en el asunto principal, por el único motivo de que un nacional de un tercer país, tras serle notificada una orden de salida del territorio nacional y una vez finalizado el plazo que esa orden fijó, permanezca de forma irregular en el territorio de un Estado miembro. Esos Estados deben proseguir sus esfuerzos para la ejecución de la decisión de retorno, que sigue produciendo sus efectos.

En efecto, esa pena privativa de libertad, en razón especialmente de sus condiciones y formas de aplicación, puede perjudicar la realización del objetivo pretendido por dicha Directiva, a saber, la instauración de una política eficaz de expulsión y de repatriación de los nacionales de terceros países en situación irregular respetando sus derechos fundamentales.

El contenido de la nota de prensa puede ser consultado en el siguiente enlace / Le communiqué de presse peut être consulté sur le lien suivant.

Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea.