Las víctimas de trata que delinquen bajo coacción no deberían ser castigadas, según la representante de la OSCE
La representante especial de la OSCE y coordinadora para la lucha contra la trata de seres humanos, Maria Grazia Giammarinaro, emitió el pasado 25 de abril de 2013 una serie de recomendaciones con vistas a evitar que las víctimas de trata obligadas a cometer crímenes por sus explotadores no sean objeto de persecución penal. Entre estos crímenes es posible mencionar el uso de documentos falsos o trabajos forzados en una fábrica de cannabis.
LES VICTIMES DE TRAITE NE DOIVENT PAS ÊTRE PUNIS POUR LES CRIMES COMMIS SOUS LA CONTRAINTE, SELON LE REPRÉSENTANT DE L’OSCE. Le représentant spécial de l’OSCE et coordinateur pour la lutte contre la traite des êtres humains, Maria Grazia Giammarinaro, a émis le 25 avril 2013 dernier une série de recommandations en vue de prévenir que les victimes du trafic forcés de commettre des crimes par leurs exploitants ne sont pas objet de poursuites criminelles. Parmi ces crimes, il est possible de mentionner l’utilisation de faux documents ou du travail forcé dans une usine de cannabis [Le texte continue en espagnol].
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«Los traficantes usan a las víctimas para cometer crímenes para su propio beneficio; y las víctimas son las únicas que sufren sanciones penales mientras que los verdaderos delincuentes operan con impunidad», dijo Giammarinaro. «Si las víctimas de la trata no son procesadas, detenidas y castigadas, esto también ayudará a reducir su reticencia para comparecer ante el Tribunal y permitir a los cuerpos policiales actuar frente a a los explotadores».
Las 29 recomendaciones incluyen consejos sobre cómo manejar los casos en que las víctimas infantiles se ven obligadas a cometer hurto o de otros delitos, así como la propuesta de que los Estados adopten una lista abierta de delitos típicamente relacionados con el tráfico de seres humanos para permitir una más fácil aplicación del principio de no castigo durante los procedimientos. Giammarinaro subrayada que deben establecerse disposiciones específicas en las legislaciones nacionales para garantizar que, cuando hay indicios de que una víctima ha visto obligada a cometer un delito, el procesamiento no se inicie o se termine en una etapa temprana. Las víctimas de la trata también deben ser eximidas de la detención y de sanciones administrativas que puedan afectar su situación migratoria.
«El principio del no-castigo es detallado en la legislación de cierto número de naciones, así como en el artículo 26 de la Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos», dijo Giammarinaro. «Es esencial que los órganos encargados de hacer cumplir la ley y el poder judicial defiendan este principio clave».
Las recomendaciones están incluidas en un nuevo libro redactado de manera conjunta entre OSCE, organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales que se ocupan de la trata de seres humanos.
Fuente: OSCE