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50 for Freedom: campaña de la OIT contra el trabajo forzoso

martes, 31 de mayo de 2016

50 for Freedom es una campaña de la Organización Internacional del Trabajo y sus socios, la Confederación Sindical Internacional y la Organización Internacional de Empleadores que tiene como origen la decisión de dar un nuevo impulso a la lucha mundial contra el trabajo forzoso, incluidas la trata de personas y las prácticas análogas a la esclavitud. En este contexto, en junio de 2014 se votó -en la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT- a favor de la adopción de un Protocolo y una Recomendación que complementan el Convenio sobre el trabajo Forzoso de 1930  así como los instrumentos internacionales existentes, proporcionando una orientación específica sobre las medidas que han de adoptarse para eliminar todas las formas de trabajo forzoso.

50 FOR FREEDOM, CAMPAGNE DE L’OIT CONTRE LE TRAVAIL FORCÉ. 50 for Freedom est une campagne de l’Organisation Internationale du Travail et ses partenaires, la Confédération Syndicale Internationale et l’Organisation Internationale d’Employeurs qui a pour origine la décision de donner une nouvelle impulsion à la lutte mondiale contre le travail forcé, incluses la traite des personnes et les pratiques analogues à l’esclavage. Dans ce contexte, en juin 2014 il a été voté -dans la Conférence Internationale sur le Travail de l’OIT- l’adoption d’un Protocole et une Recommandation qu’ils complètent la Convention sur le travail Forcé de 1930 ainsi que les instruments internationaux existantsen, en fournissant une orientation spécifique sur les mesures qui doivent être adoptées pour éliminer toutes les formes de travail forcé [Le texte continue en espagnol].

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Es un instrumento jurídicamente vinculante que requiere que los gobiernos adopten medidas para luchar contra la esclavitud moderna en todas sus formas. Actúa en tres niveles: prevención, protección e indemnización. Tratándose de un tratado internacional, es necesario que los países lo ratifiquen para que entre en vigor. Una vez ratificado, los países deberán informar regularmente sobre las medidas concretas adoptadas para poner fin a la esclavitud moderna.

El Protocolo requiere que los países garanticen la liberación, la recuperación y la readaptación de las víctimas de la esclavitud moderna. También las protege de las sanciones ante cualquier actividad ilícita que hayan sido obligadas a cometer cuando estaban en esclavitud.

Los países que ratifican el Protocolo deberán garantizar que todos los trabajadores en todos los sectores estén protegidos por la legislación. Deberán fortalecer la inspección laboral y otros servicios que protejan a los trabajadores de la explotación. Además, deberán adoptar medidas adicionales para educar e informar a las personas y a las comunidades sobre crímenes como la trata de seres humanos.

El Protocolo garantiza a las víctimas el acceso a acciones jurídicas y de reparación, aunque no sean residentes legales del país donde trabajan. Los gobiernos tendrán que sancionar las prácticas abusivas y fraudulentas de los contratistas y las agencias de empleo.

La mayoría de los países del mundo han firmado el emblemático Convenio sobre el trabajo forzoso de 1930. Pero desde entonces, han emergido nuevas formas de esclavitud moderna que son aún más difíciles de combatir. El Protocolo sobre trabajo forzoso complementa el Convenio agregando nuevos elementos, como abordar sus causas profundas, de manera que la esclavitud pueda ser eliminada de una vez por todas. Además exige a los empleadores que actúen con la “debida diligencia” para evitar la esclavitud moderna en sus prácticas comerciales o cadenas de aprovisionamiento.

Fuente: OIT