Victimes de prostitution: arrêt de la Grande Chambre clarifiant la portée définitionnelle de l’article 4 de la CEDH
L’affaire S.M. c. Croatie (requête n° 60561/14) concerne une femme croate qui avait déposé une plainte pénale contre T.M., un ancien policier, alléguant qu’il l’avait physiquement et psychologiquement forcée à se prostituer en Croatie. La Cour a estimé que les autorités compétentes n’avaient pas rempli leurs obligations procédurales d’enquête effective au titre de l’article 4 de la Convention européenne des droits de l’homme.
VÍCTIMAS DE PROSTITUCIÓN: SENTENCIA DE LA GRAN SALA DE LA CORTE EUROPEA DE DERECHOS HUMANOS DE 25.06.2020 QUE CLARIFICA EL ÁMBITO CONCEPTUAL DEL ARTÍCULO 4 DE LA CONVENCIÓN EUROPEA DE DERECHOS HUMANOS. La situación personal de la requirente sugería sin ninguna duda que pertenecía a un grupo vulnerable, mientras que la posición y antecedentes de T.M. dejaban entrever que había sido capaz de asumir una posicion dominante sobre ella en la que se abusaba de su vulnerabilidad. Aunque las autoridades judiciales reaccionaron rápidamente a las alegaciones de la demandante, no siguieron algunas pistas evidentes capaces de dilucidar las circunstancias del asunto y de establecer la verdadera naturaleza de la relación entre las dos partes. La Gran Sala ha concluido que la investigación penal llevada a cabo por las autoridades nacionales y el procedimiento penal subsiguiente presentaban «defectos importantes», violando así la obligación procesal prevista en el artículo 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos [El texto continúa en francés; el contenido de la sentencia puede consultarse en el siguiente enlace, en inglés].