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Endurecimiento de las penas por trata en Bolivia

lunes, 25 de junio de 2012

Continúan las reformas legislativas en el ámbito internacional con el objetivo de combatir la trata de seres humanos. Así ha sucedido en Bolivia, donde el pleno de la Cámara de los Diputados aprobó el pasado 12 de junio el proyecto de Ley Integral de la Trata y Tráfico de Personas. La pena para la trata de seres humanos subirá de ocho y 12 años a 10 y 15, con la agravante de que podrá procesarse al sospechoso por asesinato si como resultado de los trabajos forzados o el traslado de un lugar a otro se produce la muerte de la víctima. Así, la venta de personas o “trata” con fines de explotación dejará de ser un delito más para convertirse en uno de los de mayor condena, una vez que entre en vigor la Ley Integral Contra la Trata y Tráfico de Personas, que actualmente está en debate en la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia.

LA PEINE POUR LE CRIME DE LA TRAITE SERÁ PLUS ÉLEVÉ EN BOLIVIE. On continue avec les réformes législatives au niveau international afin de lutter contre la traite des êtres humains. Ce qui s’est passé en Bolivie, où la Chambre des représentants a approuvé le dernière Juin 12, le projet de loi sur le trafic des personnes. La pénalité pour la traite des êtres humains passera de 8 et 12 ans à 10 et 15, avec la circonstance aggravante que le suspect peut être poursuivi pour assassiner si en tant que résultat d’un travail forcé ou déplacer d’un endroit à un autre décès survient la victime. Ainsi, la «traite» au fin d’exploitation aura une peine plus longue, dès son entrée en vigueur de la loi, qui est actuellement débattu à l’Assemblée législative plurinationale.

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Con la nueva ley, que reemplazará a la Ley 3325 aprobada en 2006, se enfatiza que “la persona que directa o por un intermediario induzca, promueva, favorezca, facilite, capte, traslade y transporte hacia el interior o exterior del Estado, o reciba personas con fines de cualquier forma de explotación, será sancionada con la pena de 10 a 15 años”.

En tanto, delitos como la explotación sexual comercial, corrupción de menores, proxenetismo y pornografía tendrán condenas que oscilan entre los dos y seis años, pero podrán agravarse de acuerdo a las circunstancias.

El proyecto de Ley Integral contempla la reserva de la investigación y precisa que “en ningún caso se permitirá la presencia de los medios de comunicación”.

De acuerdo con organizaciones que trabajan con esta problemática, este enunciado evitará que los medios realicen un seguimiento de la labor de los fiscales y administradores de justicia, que en varios casos favorecen a los acusados o se resisten a realizar intervenciones a tiempo, lo cual permite que los sospechosos escapen.

Características de la Ley

Como parte de las medidas para endurecer la persecución de este delito, se contempla la creación de una Dirección Nacional de Lucha Contra Trata y Tráfico, que dependerá del Ministerio Público; la designación de fiscales especializados; el fortalecimiento de las unidades de Trata y Tráfico en la Policía; el uso de agentes encubiertos; y la incorporación de las Fuerzas Armadas en los controles en frontera.

La ley en cuestión obliga al Estado y a las unidades autónomas territoriales (gobernaciones y alcaldías) a destinar recursos para campañas de prevención, protección a víctimas y construcción de albergues, para personas sometidas a redes de trata y tráfico hasta que se logre su plena reinserción laboral y familiar.

Las agencias de empleo no podrán, bajo ningún concepto, exigir comisiones o pagos a las trabajadoras o trabajadores, ni podrán retener sus documentos de identidad o viaje, ni firmar acuerdos de exclusividad para la prestación de sus servicios.

Según esta normativa, las agencias que incumplan con la Ley Integral Contra la Trata y Tráfico de Personas serán clausuradas definitivamente y multadas de acuerdo a un reglamento a elaborarse.

Con el fin de no exponer a la víctima a más momentos traumáticos, esta ley remarca que los servidores públicos, jueces, fiscales, investigadores y médicos forenses, deberán evitar la revictimización de la persona.

Para ello, el Ministerio Público y el Ministerio de Justicia adoptarán un Protocolo Único de Atención y la ruta de intervención, que será uniforme en todo el país, con validez en los órganos jurisdiccionales, evitando una nueva victimización de la persona en los interrogatorios redundantes, careos o múltiples exámenes forenses.

Fuente: lostiempos.com ; diputados.bo