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“Derechos humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México”

miércoles, 20 de agosto de 2014

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha publicado el informe “Derechos humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México”, que aborda la situación que enfrentan tanto las personas migrantes así como otras personas en el contexto de la movilidad humana en México, además de los defensores de derechos humanos de migrantes. El mencionado informe aborda de manera específica la especial vulnerabilidad con la que se encuentran los sujetos migrantes que se hallan en situación irregular, con referencia -entre otros tipos delictivos- a la la trata.

«DROITS DE L’HOMME DES MIGRANTS ET D’AUTRES PERSONNES DANS LE CADRE DE LA MOBILITÉ HUMAINE AU MEXIQUE». La Commission interaméricaine des droits de l’homme (CIDH) a publié le rapport «Droits de l’homme des migrants et d’autres personnes dans le cadre de la mobilité humaine au Mexique», qui traite de la situation que les migrants et d’autres personnes font face dans le contexte de la mobilité humaine au Mexique, en plus des défenseurs des droits de l’homme des migrants. Ce rapport traite spécifiquement de la vulnérabilité particulière des migrants en situation irrégulière, se référant entre autres crimes- à la traite [Le texte continue en espagnol].

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El informe destaca los principales desafíos y avances con relación a los derechos humanos de las personas migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana. El mismo está basado en la información recibida por la Comisión Interamericana entre los años 2008 y 2013, a través de diversas audiencias públicas y una visita de trabajo realizada por la Relatoría sobre los Derechos de los Migrantes de la CIDH a México, en 2011. El informe se realizó en base a la información recibida de parte de personas migrantes, autoridades estatales y organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil que trabajan con personas migrantes y sobre sus derechos, en México.

La Comisión reconoce que el Estado mexicano ha realizado importantes avances legislativos en materia de derechos humanos. En especial, la reforma constitucional en materia de derechos humanos en 2011, la cual elevó a rango constitucional los tratados internacionales en materia de derechos humanos ratificados por México, representó un cambio paradigmático sin precedentes para la promoción y protección de los derechos humanos en el país. Asimismo, la CIDH destaca el decreto de 2008 mediante el cual se despenalizó el ingreso de personas indocumentadas al territorio mexicano, y la reforma de la Ley General de Población de 2010, mediante la cual no se puede negar o restringir a nadie la atención a quejas en materia de derechos humanos y de procuración de justicia, independientemente de su situación migratoria. En adición a ello, la Comisión considera de fundamental importancia las reformas legislativas en materia migratoria, de protección de refugiados, y de víctimas y sobrevivientes de trata de personas. Específicamente, en este sentido, reconoce la importancia de la promulgación de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria y la Ley de Migración en 2011, así como la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en 2012.

Asimismo, la CIDH valora positivamente las manifestaciones hechas por parte de sus representantes sobre la necesidad de romper con la dicotomía existente entre la protección a los derechos humanos que México pide para sus migrantes en el exterior y la protección que brindan las autoridades mexicanas a los migrantes de otros países que viven o transitan por México. Sin embargo, la respuesta del Estado mexicano ha sido claramente insuficiente para prevenir, proteger, procesar, sancionar y reparar los delitos y violaciones a los derechos humanos cometidos contra las personas migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México.

México refleja el carácter pluridimensional de la migración internacional en el continente americano. Siendo un país de origen, tránsito, destino y retorno de migrantes, México representa una antesala obligada de flujos migratorios mixtos, que comprenden, además de personas migrantes, solicitantes de asilo, refugiadas y víctimas de trata de personas. La situación socioeconómica, política, ambiental y en materia de seguridad ciudadana en la región son los principales factores de expulsión y atracción que llevan a la situación de extrema vulnerabilidad en la que se encuentran las personas migrantes en situación irregular en México. El informe da cuenta de que estas personas son víctimas de diversas violaciones a sus derechos humanos, y que la situación se ve agravada por otros factores de vulnerabilidad distintos a su condición migratoria.

El incremento de la violencia criminal durante los últimos años en México ha tenido un impacto especial sobre las personas en movilidad, quienes se encuentran en una situación de vulnerabilidad y son victimizadas. Esto ha planteado desafíos sumamente complejos para el Estado mexicano. Esta situación requiere que el Estado adopte todas las medidas que sean necesarias para salvaguardar la seguridad de las personas que se encuentran sujetas a su jurisdicción, entre las cuales evidentemente se encuentran incluidas las personas migrantes. La ausencia de una política de seguridad ciudadana específica para la prevención, protección y persecución de delitos que afectan a las y los migrantes constituye un grave problema que requiere una solución urgente. Asimismo, la respuesta estatal ante el crimen y el narcotráfico a través del accionar de las fuerzas policiales y militares, más que servir para salvaguardar la seguridad de las personas que habitan el territorio mexicano, en muchos casos solo ha contribuido a un recrudecimiento de la violencia y de violaciones a los derechos humanos por parte de agentes estatales.

El informe da cuenta también de casos de abusos y crímenes en contra de personas migrantes por parte del organizaciones de narcotráfico y crimen organizado. Esto incluye casos de masacres de decenas de personas migrantes, así como de secuestros masivos de migrantes en tránsito por este país. El informe recoge testimonios personales de sobrevivientes de estas situaciones, así como de personas cuyos familiares desaparecieron en su recorrido hacia Estados Unidos y los diferentes obstáculos que enfrentan en su intento de localizarlos.

En el caso de los niños, niñas y adolescentes, la situación de extrema vulnerabilidad se agudiza ya que enfrentan una serie de riesgos asociados a su edad y nivel de desarrollo físico y mental. Ellas y ellos se ven motivados a migrar por factores como persecución, violencia, explotación, maltrato o abandono en su país de origen, en búsqueda de protección internacional. El informe da cuenta de que ellas y ellos son frecuentemente víctimas de abusos verbales y físicos durante su tránsito a través de México. A la Comisión le preocupa en particular que la respuesta por parte del Estado frente a la migración de niñas, niños y adolescentes no acompañados sea frecuentemente su criminalización a través de la imposición de medidas como la detención migratoria.

La situación de vulnerabilidad es también particularmente grave para las mujeres migrantes. La violencia sexual se ha convertido en una parte del recorrido de muchas mujeres migrantes en su tránsito hacia Estados Unidos, quienes además se ven amenazadas por la trata con fines de explotación sexual o prostitución ajena.

En su análisis, la Comisión tomó en cuenta los indicios concretos y consistentes que indican que muchas de las graves violaciones a los derechos de los migrantes se dan en el contexto de abuso de autoridad por parte de agentes estatales del Instituto Nacional de Migración o los distintos órdenes de policía. Esta situación se ve agravada por los obstáculos que enfrentan las personas migrantes y sus familiares para acceder a la justicia, lo cual conlleva a una situación de impunidad para los delitos y violaciones de derechos humanos de que son víctimas estas personas.

Adicionalmente, el informe se refiere a la situación de las personas desplazadas internamente en México. El contexto de violencia ha conllevado a que cada vez sea mayor el número de personas que se han tenido que desplazar forzadamente dentro del territorio mexicano. La falta de información oficial sobre el alcance que pueda tener esta problemática evidencia su invisibilización. Organizaciones no gubernamentales han estimado que los desplazados internos superan las 160.000 personas.

Asimismo, el informe da cuenta del incremento exponencial en los últimos años de las agresiones y amenazas en contra de defensoras y defensores de los derechos humanos de los migrantes. También recoge testimonios de criminalización de la actividad de defensa de los derechos humanos de los migrantes, proveniente de agentes estatales del gobierno federal, estatal y municipal. El contexto adverso en el cual los defensores de los derechos de los migrantes deben realizar su trabajo ha resultado en un impacto directo sobre sus derechos a la vida, integridad, libertad, seguridad y honra.

Uno de los graves problemas identificados por la Comisión consiste en que las investigaciones judiciales se ha dirigido preferentemente a los delitos relativos al tráfico ilícito de migrantes, y no al problema más amplio y grave como es el de violencia y discriminación contra las personas migrantes. Esto redunda en que continúan en la impunidad muchos de los casos de extorsiones, robos, secuestros, trata de personas, asesinatos y desapariciones de las que son víctimas las personas migrantes y demás personas en el contexto de la movilidad humana en México.

El informe denuncia también que en el momento en que las autoridades mexicanas entran en contacto con un migrante, solicitante de asilo, refugiado u otra persona en necesidad de protección internacional, la detención migratoria constituye la regla y no la excepción. Asimismo, una vez que estas personas se encuentran en detención migratoria sus posibilidades de ser liberadas mientras se adelantan sus procedimientos migratorios son mínimas. La Comisión reconoce que la nueva legislación promulgada por el Estado de México significa un avance en cuanto a mayor abordaje desde un enfoque de derechos humanos en la gestión de migración, pero considera que un cambio de paradigma real requiere que se adopten todas las medidas para garantizar la excepcionalidad de la detención migratoria y el establecimiento como regla general de medidas alternativas a la detención.

Finalmente, el informe abarca las dificultades en el reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas que viven en México en una situación migratoria irregular. Estas personas enfrentan dificultades para la regularización y el acceso a la documentación migratoria, así como casos de negativas para inscribir a hijos o hijas nacidas en México como nacionales, en violación de su derecho a la nacionalidad. La información recibida señala también que estas personas enfrentan más dificultades para el reconocimiento de sus derechos laborales, así como para el acceso a la salud y a la educación.

El informe contiene recomendaciones dirigidas al Estado mexicano, a fin de que este adopte una política pública integral orientada a la prevención, protección, sanción, reparación de los actos de violencia y discriminación de que son víctimas las personas migrantes y sus familiares, a que se adopten todas las medidas que sean necesarias para garantizar que sus políticas, leyes y prácticas orientadas a la gestión de la migración irregular se encuentran acorde con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, y a que se garantice la no discriminación y el goce de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México.

La Comisión Interamericana reitera su compromiso de colaborar con el Estado mexicano en la búsqueda de soluciones a los problemas identificados, y expresa su disposición para acompañar al Estado en la implementación de las recomendaciones de este informe para que éstas sean efectivas.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Fuente: CIDH